Pensión por COVID de ANSES: Requisitos, montos y quien puede acceder
10/03/2022
Todas las familias de personas que lamentablemente hayan fallecido por coronavirus antes del 31 de diciembre 2020 van a tener la posibilidad de recibir una pensión por COVID otorgada por el organismo previsional. Se trata de una pensión vitalicia y busca acompañar a las familias en su pérdida.
¿Qué es la Pensión Vitalicia y quienes la cobran?
Este beneficio ha surgido a raíz de la Ley 27.549 que ha sido sancionada en el Congreso de la Nación a mediados del año 2020, y está destinada exclusivamente a los derechohabientes que fallecieron por COVID 19. Esta prestación se otorga por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), que dirige María Fernanda Raverta.
Se trata de una asistencia económica y tiene como objetivo principal acompañar de forma directa a aquellas familias que más lo requieran. Es importante que tengan en cuenta que es compatible con otros planes sociales, por lo tanto, al cobrar la pensión por COVID no se les cancelará ningún tipo de beneficio existente.
En lo que respecta al importe, su valor se rige dependiendo de la jubilación debido a que equivale a dos jubilaciones. Esto quiere decir que todas aquellas actualizaciones que tengan, según la ley de movilidad jubilatoria, va a impactar en esta medida.
El Gobierno de la Nación, para que nadie tenga dudas acerca de esta pensión ha publicado información con respecto a los requisitos que se solicita al momento de solicitarla.
Nueva pensión por COVID de Anses
Para poder ser parte de este beneficio, lamentablemente un miembro de la familia tiene haber fallecido por coronavirus es de 31 de diciembre de 2020; esta asistencia económica es un monto graciable, lo que significa que es para toda la vida; el Valor equivale a dos jubilaciones mínima y; finalmente. El requisito es que la persona fallecida haya perdido la vida realizando o desempeñando trabajos esenciales.
Quienes pueden cobrar la Pensión Vitalicia por COVID
La cobraran:
- El Esposo/a conviviente
- Los hijos menores a cargo del causante: hasta los 21 años de edad salvo en el caso de los hijos con discapacidades o aquellos con percepción de alimentos fijados, en cuya situación será hasta los 25 años de edad
- Personas a cargo del trabajador fallecido.
¿Cuáles eran los trabajos considerados esenciales para el cobro de pensión vitalicia?
- Trabajadores de centros de salud y hospitales (mantenimiento, gastronomía, administrativos, etc.)
- Trabajadores de las fuerzas armadas y seguridad (tanto pública y privada)
- Empleados de correo
- Trabajadores de migraciones
- Trabajadores de la salud pública y privada
- Bomberos (tanto los dependientes de las fuerzas remunerados, como los voluntarios)
- Empleados de recolección de residuos patológicos y domiciliarios
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