Nuevo beneficio de AFIP para titulares de una prepaga ¿cómo acceder?
02/08/2023
Van a poder acceder al beneficio de AFIP para titulares de una prepaga todos aquellos ciudadanos argentinos que tengan cobertura médica prepaga y cuenten con ingresos netos menores a seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).
Nuevo beneficio de AFIP desde agosto
En la plataforma del servicio “Mi SSSalud”, la cual se accede desde el sitio web oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), todas aquellas personas que sean titulares de un plan de medicina prepaga y cuenten con ingresos mínimos a seis Salarios Mínimos, podrán solicitar el tope de aumento de cuota.
Este tope aplica hasta un 90 por ciento del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables, también conocido como RIPTE del mes inmediato anterior publicado, durante un plazo de dieciocho meses seguidos.
Lanzan un beneficio de AFIP para titulares de una prepaga
El beneficio fue aprobado por la Superintendencia de Servicios de Salud, el organismo que se encarga de regular y supervisar los servicios sanitarios, establece por medio de la Resolución 2/2023 la aplicación del Decreto N° 743/2022. Este es el Decreto que fija los topes que se puede solicitar a los beneficiarios de las prepaga.
Desde la plataforma del servicio “Mi SSSalud”, a la cual se acceder desde la página de AFIP, se tendrá que presentar la Declaración Jurada de Certificación de Ingresos. Este trámite se tiene que llevar a cabo desde el día uno al 20 de cada mes, solicitando sin excepción una clave fiscal, el nivel de seguridad tres, como mínimo.
Requisitos para acceder al beneficio de AFIP
A partir de la presentación de este documento, todas las empresas de medicina prepaga para poder aplicar el tope en el incremento de la cuota a aquellos que tengan ingresos menores a seis salarios mínimos. La declaración jurada sirve como solicitud del beneficio.
Como todo plan o asistencia lanzado por algún Ente del Gobierno Nacional, para poder acceder al beneficio de AFIP para titulares de una prepaga tienen que cumplir con una serie de requisitos y condiciones, en este caso se establecieron los siguientes:
- Ser titular de un plan comercializado por una entidad de medicina prepaga.
- Tener ingresos inferiores a 6 salarios mínimos, vitales y móviles.
- Poseer clave fiscal con nivel de seguridad 3, como mínimo.
En resumen, en la Resolución 2/2023 se “establece que, a partir del 1° de febrero de 2023 y por el plazo de dieciocho (18) meses, el incremento del valor de las cuotas -autorizado conforme las pautas establecidas en el artículo 17 de la ley n° 26.682- de los contratos individuales de adhesión voluntaria que deberán abonar las personas afiliadas a los sujetos alcanzados por la ley n° 26.682 e inscriptos en el registro nacional de entidades de Medicina Prepaga (RNEMP), incluidas aquellas que acceden al servicio por derivación de sus aportes obligatorios del sistema de obras sociales, tendrá como tope máximo el noventa por ciento (90 %) del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado. Esta medida se aplicará respecto de los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a seis (6) salarios mínimos, vitales y móviles”.
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