Confirman el Bono de $47.000 que se paga en octubre y noviembre

29/09/2023

Advertisement

El Gobierno confirman el bono de $47.000 que se va a cobrar durante los meses de octubre y noviembre totalizando un importe superior a los 90.000 pesos. Va a ser cobrado por aquellos que no cuenten con trabajo formal.

bono de $47.000

Nuevo bono para trabajadores informales

El refuerzo o bono va a ser destinado para las personas que no están recibiendo ningún tipo de ayuda estatal ni cuentan con ingresos del sector privado. Se pagarán dos cuotas iguales de 47 mil pesos, y se acreditaran en los meses de octubre y noviembre.

Advertisement

Los potenciales beneficiarios lo denominan el IFE 2023, que posee características similares al ingreso familiar de emergencia que se otorgó en durante los meses más duros de la pandemia en el 2020.

En esta ocasión, lo van a cobrar alrededor de tres millones de personas que sean visto fuera de las medidas económicas que anunció Sergio Massa, actual candidato a presidente y ministro de Economía el pasado mes de agosto.

Finalmente confirman el bono de $47.000

Va a ser destinado a personas que tengan entre dieciocho y 64 años de edad, que no cuenten con ingresos registrados y que no estén percibiendo ningún tipo de asistencia estatal.

Advertisement

A partir del miércoles, 27 de septiembre, todas las personas que consideren cumplir los requisitos establecidos podrán comenzar a registrarse que inscribirse en el sitio web oficial Anses o por medio de la aplicación para teléfonos celulares Mi Anses.

Al igual que en las ocasiones anteriores, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) se va a encargar de realizaron análisis socioeconómico y patrimonial, de consumo, bienes, cobertura de salud, entre otros, de los solicitantes para comprobar que cumplan con los requisitos.

La información que se otorgue de cada solicitante se va a cruzar con otros organismos, como por ejemplo la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Advertisement

Requisitos para cobrar el bono

Finalmente, confirman el bono de $47.000 que se va a pagar en dos cuotas en octubre y noviembre, será cobrado por trabajadores informales que además cumplan con los siguientes requisitos y condiciones establecidos por Anses y que el gobierno nacional:

  • El solicitante deberá tener entre 18 a 64 años de edad.
  • Tendrá que contar con por lo menos 2 años de residencia permanente en la Argentina.
  • No tener ingresos registrados, es decir, no tener trabajo formal ni ser monotributista, autónomo o trabajador de casas particulares (servicio doméstico).
  • No estar cobrando ningún tipo de ayuda económica del Estado, es decir, no ser beneficairio de la Asignación Universal por Hija e Hijo (AUH), Asignación por Embarazo, Progresar o Prestación por Desempleo ni de programas sociales como Potenciar Trabajo, entre otros.
  • No ser un jubilado o pensionado.
  • No contar con cobertura médica, obra social o prepaga.
  • No podrán tener registrados a su nombre automóviles de menos de 10 años de antigüedad (no aplica a motocicletas).
  • No podrán tener registrados a su nombre inmuebles, aeronaves o embarcaciones.
  • No registrar consumos con tarjeta de débito y/o billeteras virtuales iguales o mayores a $90.000 en los meses de junio y julio 2023.
  • No tener consumos acumulados con tarjeta de crédito iguales o mayores a $120.000 (sumados entre junio y julio 2023).
  • No tener acreditaciones iguales o mayores a $90.000 en cuentas bancarias o billeteras virtuales en los meses de junio y julio 2023.
  • No tendrán que haber operado activos financieros ni moneda extranjera en los últimos 6 meses.
  • No contar con plazos fijos durante el período de junio o julio de 2023.
  • En caso de que el solicitante tenga entre 18 y 24 años, y no tenga hijos a su cargo o cónyuge, se va a evaluar al grupo familiar. Por lo que aquellos jóvenes que vivan con sus Padres tienen que tener en cuenta que los mismos no pueden tener ingresos iguales o superiores a 3 Salarios Mínimos Vitales y Móviles o haber comprado activos financieros (bonos, acciones) o moneda extranjera ni tener plazos fijos. No podrán tener embarcaciones, aeronaves o haber declarado bienes personales.
  • Será necesario contar con una cuenta bancaria a su nombre (CBU) y no se tramitarán cuentas de billeteras virtuales o CVU.

Advertisement

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir