Asignación por Matrimonio: Quienes pueden acceder a esta Asignación de ANSES

11/03/2019

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Índice
  1. ANSES: ¿Quién podrá cobrar la Asignación por Matrimonio?
    1. Quienes podrán cobrar la Asignación por Matrimonio son

ANSES: ¿Quién podrá cobrar la Asignación por Matrimonio?

Desde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) se ha dado información sobre el seguro social y la Asignación por Matrimonio. Cuyo pago es de única vez.

Asignación por Matrimonio

La Asignación Familiar por Matrimonio puede ser cobrada por única vez, ambos conyugues si es que cumplieran con los requisitos que se solicitan para tal prestación de Asignaciones Familiares (AAFF).

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Quienes podrán cobrar la Asignación por Matrimonio son

  • Titulares de la Prestaciónpor Desempleo
  • Trabajadores de temporada
  • Trabajadores registrados
  • Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgosdel Trabajo
  • Titulares de la PensiónHonorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Va a ser necesario, además, que los cónyuges hayan acreditado el matrimonio ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y luego hacer la solicitud entre los dos meses y los dos años de sucedido el evento.

No esta demás mencionar que el trámite solo se puede ejecutar de forma presencia y además, tendrán que pedir un turno con anticipación. Si los datos del matrimonio ya se encuentran acreditados en la base de datos de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), se podrá pedir desde la web www.anses.gob.ar.

Por otro lado, desde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) aseguran, informan y solicitan que los beneficiarios o potenciales beneficiarios deberán acreditar los datos personales para hacer cualquier tipo de trámite y que, para tal fin deberán llevar la documentación pertinente.

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Al respecto del trámite para cobrar la Asignación Familiar por Matrimonio, los beneficiarios tendrán que primero casarse, luego acreditar los datos de ambos y después si, hacer la solicitud para el pago del beneficio.

  • Se les solicitara el DNI (Documento Nacional de Identidad) de ambos.
  • Para acreditar los vínculos en el caso de matrimonio, deberán presentar el certificado correspondiente.
  • Si tuvieran hijos en común, deberán llevar los certificados de nacimiento de cada uno.

Toda la documentación tanto en original como copia.

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