Anses: Como nombrar a alguien para que cobre en tu nombre 

22/11/2018 - Actualizado: 01/12/2018

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Índice
  1. Anses: Como nombrar a alguien para que cobre en tu nombre
    1. Pueden para nombrar a alguien para que cobre en tu nombre y podrá ser
    2. Para tramitar un apoderado tendrán que presentar
    3. También, dependiendo del tipo de apoderado que deseen tendrán que presentar

Anses: Como nombrar a alguien para que cobre en tu nombre

Desde la Administración Nacional de la Seguridad Social se brinda toda la información pertinente para nombrar a alguien para que cobre en tu nombre en caso de ser jubilado o pensionado. En estos casos, se suele designar a alguien que ayude a los adultos mayores a llevar a cabo tramites de una jubilación, pensión o reajuste, quien también pueda solicitar turnos y hacer trámites en carácter de apoderado.

nombrar a alguien para que cobre en tu nombre 

Pueden para nombrar a alguien para que cobre en tu nombre y podrá ser

Familiares:

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  • Esposo/a
  • Padres
  • Abuelos
  • Bisabuelos
  • Hijos
  • Nietos
  • Bisnietos
  • Tíos
  • Primos
  • Hermanos
  • Sobrinos
  • Yernos
  • Nueras, etc.

O también pueden ser:

  • Tutores o curadores.
  • Abogados y gestores registrados en ANSES.
  • Representantes Diplomáticos o Consulares.

Como decíamos se puede designar como apoderado para el cobro a una persona, sea o no familiar del titular. También a un banco para el cobro de la jubilación o pensión si se vive en el exterior. El banco en este caso tendrá que contar con la opción de “Giro al Exterior”. Las entidades bancarias para el cobro son:

  • Banco de la Nación Argentina
  • Banco de la Ciudad de Buenos Aires
  • Patagonia S.A.
  • Credicoop Cooperativo Ltdo.
  • Banco Piano S.A.
  • Banco Comafi S.A.
  • Banco Itaú Argentina S.A.

También podrán designar a:

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  • Entidades Públicas Nacionales, Provinciales o Municipales.
  • Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados para cobrar por personas internadas en la institución.
  • Representantes especiales por tiempo determinado cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
  • Mutuales e instituciones de asistencia social.
  • Abogados y procuradores con poder certificado ante escribano.

En caso de que se desee poner a un familiar como apoderado, tendrán que cumplir ciertos requisitos, sobre todo ser mayor de 18 años de edad, y si fuera menor deberá estar emancipado. Tendrán que registrarse, además, en el sistema de identificación biométrica Mi Huella.

Para tramitar un apoderado tendrán que presentar

  • Formulario PS 6.4 - Carta Poderque este firmado por el titular y el apoderado.
  • DNI (Documento Nacional de Identidad) del titular y apoderado (original y copia).

También, dependiendo del tipo de apoderado que deseen tendrán que presentar

  • En el caso de esposo/a:presentar el acta/certificado de matrimonio en original y copia.
  • En el caso de parientes(lista de más arriba): tendrán que presentar documentación que demuestre el parentesco, por ejemplo, partidas de nacimiento, DNI o información sumaria judicial.
  • En el caso de que se designe un banco: Formulario PS 6.4 - Carta Poder que este firmado y sellado por autoridad bancaria.
  • En el caso de un tutor:Presentar una sentencia judicial original y copia en la que surja el nombramiento del tutor como representante legal del menor.
  • En el caso de curador:Lo mismo que el punto anterior.
  • En el caso de abogado: Se deberá presentar lacredencial vigente, Formulario PS 6.4 - Carta Poder, Formulario PS 6.300 - Carta Poder Régimen Ley Nº 26.970 (moratoria previsional) o Formulario PS 6.304 - Carta Poder Régimen Ley N° 24.476

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