ANSES Jubilados y Pensionados: ¿Como evitar la suspensorio del Pago por Ausencia del País o Reingreso?
Todo aquel que sea un jubilado o pensionado que este ausente o sepa que se va a ausentar del país por un periodo mayor a tres meses, o que viva de forma definitiva en un país sin Convenio de Reciprocidad tendrá que avisarlo ante las Anses para evitar la suspensión del Pago por Ausencia del País o Reingreso.
Si se fueran a los siguientes lugares estarán exentos de hacer este trámite debido a que hay convenios de Reciprocidad entre nuestro país dichos estados:
- Brasil.
- Uruguay.
- España.
- Portugal.
- Estados Unidos.
- República de Colombia.
- Chile.
- Paraguay.
- Italia.
- Grecia.
- Reino de los Países Bajos.
- Estados Unidos Mexicanos.
Que documentación se deberá presentar para evitar la suspensión del Pago por Ausencia del País o Reingreso
Para hacer este trámite el jubilado o pensionado se tendrá que apersonar en cualquier delegación de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) con la siguiente documentación:
Formulario PS 6.246 - Ausencia y regreso al país
- DNI (Documento Nacional de Identidad)
- Último recibo de cobro
- Pasaporte
- Pasajes o, en su defecto, el certificado de la compañía por la que viajarás
En caso de tener un apoderado que haga el trámite, la documentación será:
- Formulario PS 6.4 - Carta Poder
- DNI (Documento Nacional de Identidad) en original
El trámite se lleva a cabo de forma presencial, sin tener necesidad de pedir un turno. Se tendrá que informar a Anses antes de viajar y luego, al regresar.
Como se hace el tramite para evitar la suspensión del Pago por Ausencia del País o Reingreso
- Primero se tienen que acreditar los datos personales y los vínculos familiares, para ello es importante consultarlos en la sección de Mi Anses en la página de Anses. Si es necesario o falta algún dato o modificarlo podrán hacerlo en una oficina de Anses con la documentación necesaria.
- En el caso de que si la persona se va del país por más de tres meses a algún país que no tenga convenio de reciprocidad con el nuestro, tendrán que reunir la documentación solicitada, la pueden consultar por llamando al 130.
- Tendrán que dejar asentado tu viaje en una oficina de la ANSES que se irán de viaje. Para eso deberán presentarse sin turno, con la documentación necesaria.
- Se tendrá que comunicar dentro de los 30 días y presentar: pasaje de vuelta o pasaporte (original y fotocopia), dependiendo de lo que corresponda. Si han vuelto por medios propios, se les va a tomar una Declaración Jurada. En caso de que se postergue la fecha de regreso, van a tener que solicitar una prórroga.
