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Como solicitar la Pensión Madre soltera y quienes pueden
Como solicitar la Pensión Madre Soltera (Ley 5110) que paga el Gobierno de la Provincia de Santa Fe a todas las madres solteras de dicha provincia.
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La Pensión Madre Soltera (Ley 5110) se les paga a todas aquellas mamas que se encuentren en situación de alta vulnerabilidad económica y / o social, que no estén casadas, que sean viudas o que hayan sido abandonadas por su pareja o marido y que a su vez tengan uno o más hijos menores a los 16 años de edad a su cargo.
¿Cuáles serán los requisitos para acceder a la Pensión Madre Soltera?
- Ser mama de uno o más hijos que sean menores a los 16 años de edad.
- Se deberá ser viuda, soltera o abandonada.
- No percibir ni jubilación, pensión o subsidio de cualquier tipo o naturaleza. En caso de que lo tuviere, la prestación no deberá ser mayor al monto determinado por la Ley 5110.
- No tendrán que tener familiares con obligación alimentaria en condiciones de asistirla, que convivan o no con el solicitante de la ayuda social, o, en caso de que los tuviera, que no estén en las debidas condiciones para hacerlo.
- No poseer ningún tipo de bienes, sueldos, rentas ni recursos que le den la posibilidad de subsistir.
- Se tendrá que acreditar de forma sumaria y fehaciente el estado de su necesidad y su vulnerabilidad.
- Se deber tener la residencia en la Provincia de Santa Fe.
¿Qué documentación se tendrá que presentar cobrar la Pensión Madre Soltera (Ley 5110)?
- Se tendrá que llevar una fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) de cada uno de los miembros de la familia, todos ellos deberán tener el mismo domicilio.
- Presentar una fotocopia de la Libreta de Casamiento o de familia completa o Fotocopia del Acta de Matrimonio, en caso de que este casada.
- Presentar una fotocopia de la sentencia de divorcio de la madre, si es que correspondiera.
- Números de Documento Nacional de Identidad (DNI), presentar también recibos de haberes y localidad de residencia de familiares que tengan la obligación de darle algún tipo de asistencia a los menores de edad, ya sean padres, abuelos, hijos, hermanos o cónyuge.
- Presentar una fotocopia de la Partida de Nacimiento de todos los menores de edad a su cargo que este actualizada.
- Presentar un Certificado escolar de cada uno de los hijos.
- Presentar una fotocopia de los últimos recibos de los haberes o ticket de plan social de todos los mayores de 21 años que vivan en el hogar, en caso de que corresponda.
- Número de teléfono de contacto.
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